En un entorno financiero en rápida evolución, las criptomonedas han dejado de ser un nicho tecnológico para convertirse en un activo relevante en las carteras de inversión. Sin embargo, su tratamiento fiscal sigue generando dudas y riesgos para los contribuyentes. Desde el bufete especializado Olivera Méndez y Asociados, su equipo de expertos fiscales advierte sobre la urgente necesidad de claridad y cumplimiento en este ámbito.
“La premisa fundamental es que las criptomonedas no son dinero en efectivo al uso, sino un activo digital sujeto a tributación”, explica el socio director, Javier Olivera. “Cada operación, desde la compraventa hasta el pago por un servicio o la minería, puede tener consecuencias fiscales que muchos usuarios ignoran”. La Agencia Tributaria española, siguiendo directrices europeas, las considera un activo intangible, por lo que las plusvalías obtenidas en su transmisión deben declararse en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o en el Impuesto de Sociedades.
Según el análisis del bufete, los contribuyentes deben prestar especial atención a dos momentos clave: la venta o intercambio de criptoactivos por moneda fiduciaria, y su uso para adquirir bienes o servicios. En ambos casos, se genera una ganancia o pérdida patrimonial calculada por la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión. “El gran desafío técnico”, señala la socia Carla Méndez, “radica en llevar un registro minucioso de cada transacción, incluyendo fechas, valores en euros y comisiones, algo complejo dada la volatilidad y la multiplicidad de plataformas”.
Olivera Méndez y Asociados también destaca la fiscalidad de actividades como el staking o la minería, donde las recompensas obtenidas se consideran rendimientos del capital mobiliario en el momento de su recepción, con un valor de mercado que debe declararse. Asimismo, alertan sobre las obligaciones del Impuesto sobre el Patrimonio y del modelo 720 para declarar saldos en exchanges extranjeros.
El bufete observa con preocupación la falta de una normativa específica y unificada, lo que genera inseguridad jurídica. “No es un territorio sin ley, sino un territorio donde se aplica la ley general con matices interpretativos. La presunción de que las criptomonedas son anónimas es falsa; las autoridades tienen herramientas cada vez más sofisticadas para rastrear operaciones”, advierte Olivera.
En conclusión, Olivera Méndez y Asociados insta a los inversores y usuarios a abordar la tenencia de criptoactivos con la misma seriedad que cualquier otra inversión, asesorándose profesionalmente para cumplir con sus obligaciones fiscales y evitar sanciones. En la era digital, la transparencia y el buen asesoramiento se convierten en los mejores aliados para navegar este fascinante pero complejo nuevo mundo de los activos digitales.